La indemnización de daños y perjuicios

En cuánto a la indemnización de daños y perjuicios, la responsabilidad civil debe dar una respuesta a las preguntas de en qué casos los daños y perjuicios deben ser soportado por el perjudicado y en cuáles debe ser reparado o compensado por otro patrimonio. El principio general es no causar daño a otro. Dicho principio deriva en la consiguiente obligación de reparar el daño causado.

Para ello debemos considerar todas las circunstancias de su caso, las generales y las particulares, de manera que se establezca una justa reparación del daño. Tendré en cuenta el daño emergente, del lucro cesante y del daño moral. Analizaré con detalle la prueba de la existencia, el alcance del daño, la relación de causalidad, y la cuantificación del daño.

Más allá de los criterios generales de cuantificación del daño, existen algunos supuestos específicos, legalmente previstos, en los que se ofrecen pautas legales para su concreción:

indemnizacion de daños y perjuicios

-Ley del honor, intimidad y propia imagen

-Ley de marcas

-Anexo para la valoración de daños corporales derivados de accidentes de circulación

-Ley de expropiación forzosa

-Doctrina del Tribunal Supremo sobre la valoración de daños derivados de accidentes de trabajo

La reparación del daño procedente de un ilícito o un incumplimiento civil puede ser específica, cuando se sustituye la cosa dañada por otra distinta, pero de análogas características. Cuando la reparación especifica resulta imposible o sumamente gravosa, se opta por el equivalente pecuniario. Ello sucederá particularmente en el caso de daños morales.

Para la reparación del daño se ha de proceder a su valoración económica. Aspiraré a que en su asunto se produzca una reparación integral del daño, entendida como la completa reparación de los perjuicios sufridos por causa de una conducta ajena generadora de responsabilidad civil.

La acreditación de la prueba del daño se produce fundamentalmente por medio de la prueba pericial. Sin embargo, no se excluyen las pruebas documentales (atestados policiales, informes de aseguradoras, estudios económicos por afectados, etc.). Le pondré en contacto con los mejores peritos para que puedan valorar, de forma adecuada su daño.